Tema 9. Protestantes quemados vivos por la Inquisición en Canarias

Siglos XVI y XVII

En medio de la Guerra de los Ochenta años (1568-1648), que enfrentó a las Diecisiete Provincias de los Países Bajos con España para conseguir su independencia, se produjo un cese temporal de hostilidades denominado la Tregua de los Doce años (1609-1621). En ese período de tiempo diez protestantes extranjeros fueron procesados en Canarias por el  Santo Oficio: tres ingleses, cinco holandeses, un francés y un portugués. Las resoluciones de estos procesos fueron: dos casos suspensos, seis penitenciados y dos relajados en persona. Estas dos penas de muerte, que serán las dos últimas víctimas mortales de la Inquisición canaria, fueron ejecutadas sobre dos protestantes holandeses que, juntamente con el inglés Jorge Gaspar en 1587,[1] completan la triste lista de los tres protestantes quemados vivos en la hoguera por los tribunales inquisitoriales canarios.

El primero de estos protestantes holandeses ejecutados en Canarias a principios del siglo XVII fue Gaspar Nicolás Claysen. Llegó a Las Palmas en marzo de 1611 como maestre del navío Los Tres Reyes con el propósito de comerciar con las islas creyendo que el período de paz mencionado garantizaba su seguridad. Ignoraba, sin embargo, que estaba en el punto de mira de la Inquisición desde 1597, fecha en la que se libró de cumplir una condena de un año de reclusión al huir de Canarias. Siendo reconocido nada más llegar por el alguacil mayor de la Inquisición D. Pedro Sarmiento de Ayala y Rojas, es encarcelado el 19 de abril de 1911. En un proceso rapidísimo se le intentó reducir a la fe católica «avisándole que no valían las paces».[2] Habiéndose mantenido pertinaz fue condenado a muerte y a confiscación de todos sus bienes. La sentencia se ejecutó el 22 de abril de 1614.  De él dice A. Millares: «Sostuvo con entereza la doctrina, que él creía de indubitable verdad, y por la cual iba a dar su honor y vida. Destrozole el tormento los miembros, y el martirio moral de su prisión torturó su alma, sin que uno ni otro pudiesen hacerle vacilar en su inquebrantable propósito. La pertinacia del reo y su negativa constante a entrar en el gremio de la Iglesia católica, dio lugar a que sus jueces se vieran obligados a castigarle con la pena del fuego; y en su virtud, fue relajado al brazo seglar, para que su cuerpo vivo fuese reducido a cenizas.»[3]

«El proceso originó una reclamación diplomática, presentada en Madrid por Theodor Rodenburg, «diputado de los Estados de las Provincias Unidas». Denunciaba la prisión de Gaspar Nicolás, el embargo de las mercancías de Los tres Reyes y del patache La Esposa, que lo acompañaba, y el hecho de que hubiese prendido al piloto del navío principal y forzado a pagar mil ducados para devolverle los barcos, «un modo de proceder demasiado cruel e imposible de sufrir por los naturales de la Provincias». Advertía de que los Estados Generales, «para pacificar a los Estados de Holanda», habían concedido patentes de corso para que pudieran los interesados resarcirse de las perdidas sufridas, amenazando con las consecuencias que de ellos se derivarían.»[4]

El segundo holandés ajusticiado por la Inquisición por esas fechas fue Tobías Lorenzo, un joven comerciante holandés de veinticuatro años. Nacido en Flesinga (hoy Vlissingen) llegó a Garachico en una nave flamenca cuando contaba once o doce años de edad. Su padre le había encomendado a un tío suyo para que le buscase un hogar en Canarias donde pudiera aprender a hablar y escribir la lengua castellana. El flamenco Pedro Van Morbeque le acogió en su casa a cambio de servicio  por un periodo de seis años. Pasado ese tiempo se marchó con Thomas Ribet, un mercader inglés afincado en la zona, hasta que casi un año después, y después de haber contraído matrimonio con una joven de Adeje, fue a Holanda a buscar artículos manufacturados con los que establecer una tienda en Garachico para comerciar por su cuenta.

En mayo de 1611 el alguacil eclesiástico Baltasar Rodríguez se presenta ante Tobías Lorenzo para indagar si había confesado y recibido el santísimo sacramento en la Cuaresma pasada, requiriéndole la correspondiente cédula de confesión. El joven le responde que no lo ha hecho ni lo piensa hacer, porque no era católico romano sino calvinista, y que gozaba de los privilegios de los ingleses. Siendo detenido e interrogado se reafirmó en su testimonio anterior. A partir de ese momento los ministros de la Inquisición intentan determinar si Tobías ha sido un católico que ha abandonado el catolicismo, o un protestante que ha vivido sin parecerlo entre católicos y, desde esa posición, si ha hecho manifestaciones contrarias al catolicismo. Para ello interrogan a Pedro Van Morbeque y a su esposa Isabel de Mata. Estos les dicen que durante todo el tiempo que el muchacho vivió con ellos le instruyeron en el catolicismo al igual que a sus hijos, enseñándole a rezar el padrenuestro, el avemaría y el credo, y que periódicamente se confesaba, comulgaba y oía misa, por lo que siempre le tuvieron por católico. Afirman que el joven llegó, incluso, a compartir la fe católica con dos esclavos negros que tenían y que, por tanto, mientras estuvo con ellos nunca le oyeron decir nada malo contra la Iglesia Católica o el Santo Oficio. En algunos momentos del testimonio de ambos esposos parece entreverse cierto rencor hacia el joven, quizás porque no esperaban que este les abandonase para irse con el comerciante inglés. Su antiguo tutor afirmó que algunos flamencos, de cuyos nombres no se acordaba, oyeron decir herejías a Tobías, y que pensó que su actitud soberbia le traería problemas, y que le daba pena por haberlo criado en su casa como cristiano católico. La esposa del anterior afirmó haber oído decir a un tal Hernando Lorenzo que el joven era: «un bellaco y soberbio hereje» [5]

De los testimonios anteriores parece desprenderse que Tobías Lorenzo, con mayor o menor convicción, se comportó como católico todo el tiempo que estuvo en casa de Pedro Van Morbeque. La pregunta que nos hacemos es cómo y cuándo llegó el joven holandés a la fe protestante. Hay varias respuestas posibles: La primera es que sus progenitores fueran calvinistas y le instruyeran en el protestantismo desde niño. Al llegar a Tenerife dejó de lado la fe de sus padres, para evitar problemas, y cuando fue mayor y se emancipó volvió a manifestarla contribuyendo a ello el contacto con Thomas Ribet o los viajes que hizo a Holanda para buscar mercancías.  En apoyo de esta interpretación estaría una frase del joven en su interrogatorio, en la que dice que: «en el tiempo que estuvo en Garachico se confesaba por mandato de sus amos y que agora no lo hace por gozar de las paces, a lo qual no puede ser apremiado ni castigado». La segunda posibilidad es que, bien por tener un fundamento en el protestantismo deficiente o bien por miedo a la Inquisición, asumió el catolicismo todo el tiempo que estuvo acogido en casa de Pedro Van Morbeque. Más tarde entró en contacto con la doctrina protestante, a través del mercader inglés o bien en sus viajes a Holanda, y aceptó con fuerte convicción la fe reformada. El caso es que, de una forma u otra, cuando la Inquisición procesa al joven holandés parece tener un fuerte compromiso con la fe calvinista, hasta el punto de estar dispuesto a dar su vida por ella.

Así ocurrió finalmente con Tobías Lorenzo: Procesado por seguir la ley y secta de Calvino, «el Consejo ordenó que se procurara convertirlo, advirtiéndole, como a Nicolás, «que  el capítulo de las paces sólo aprovecha a los yentes y vivientes de estos reinos, y no a los que en ellos están de asiento como él».[6] A Millares dice de él: «a pesar del tormento, el reo seguía obcecado en sus errores» por lo que «el Tribunal lo declaró apóstata y relapso, condenándole en su consecuencia a la pena de la hoguera».[7] La sentencia se ejecutó el 2 de abril de 1615.

José Luis Fortes Gutiérrez

Teólogo e historiador


[1] De él hemos hablado en un artículo anterior.

[2] F. Fajardo Spínola, La víctimas del Santo Oficio, Ed. Gobierno de Canarias, Gran Canaria, 2003, p 144.

[3] A. Millares Torres,  Historia de la Inquisición en las Islas Canarias, G. Ganaria, 1874, Ed. Facsímil, tomo III,  Ed. Benchomo, Tenerife, 1981, pp.14-15.

[4] F. Fajardo Spínola, Opus cit., p 144.

[5] A.H.N., Inq., leg., 1829-2, Relaciones de Causas de 1614.

[6] F. Fajardo Spínola, Opus cit., p 145.

[7] A. Millares Torres, Opus cit., pp. 24-25. Al no aparecer el acta de su proceso la información que presenta A. Millares la obtiene del libro cuarto de quemados, lista de sambenitos.

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